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Ingresos nominales de las personas morales del régimen general de ley

MAC Experto Fiscalista

MAC Experto Fiscalista es un equipo multidisciplinario de especialistas en contabilidad, finanzas, fiscal y tecnología, dedicado a aportar claridad y herramientas prácticas para facilitar el cumplimiento tributario en México.

Entrevista con MAC Experto Fiscalista

Entrevistador:
Pregunta 1: Para iniciar con el tema, según las NIFs ¿en qué momento se deben registrar los ingresos?

MAC Experto Fiscalista: Conforme a las Normas de Información Financiera (NIFs) vigentes en México, los ingresos deben reconocerse cuando se ha transferido el control de los bienes o la prestación de los servicios al cliente, es decir, cuando la entidad ha cumplido con sus obligaciones contractuales esenciales y el monto de dichos ingresos puede ser cuantificado de forma confiable.


Entrevistador:
Pregunta 2: Según la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y su reglamento, ¿en qué momentos se reconocen los ingresos?

MAC Experto Fiscalista: De acuerdo con la LISR y su reglamento, las personas morales del régimen general deben acumular sus ingresos cuando ocurra cualquiera de los siguientes supuestos, el que suceda primero: cuando se expida el comprobante fiscal correspondiente, cuando se cobre efectivamente el ingreso, o cuando se envíen o entreguen bienes o se presten servicios.

Es decir, la acumulación de ingresos se basa en el principio de lo que ocurra primero, lo que significa que una vez realizado alguno de estos actos, el ingreso debe reconocerse para efectos fiscales, independientemente de cuándo se realice el cobro efectivo o la transferencia de bienes o servicios.


Entrevistador:
Pregunta 3: Por otro lado, al presentar la declaración de pagos provisionales el portal de SAT precarga la información de los Ingresos Nominales Facturados. ¿Qué criterios se aplica el SAT para precargar esta información?

MAC Experto Fiscalista: El portal del SAT emplea criterios automatizados para la precarga de los Ingresos Nominales Facturados en la declaración de pagos provisionales. El sistema toma como referencia los comprobantes fiscales digitales por internet (CFDI) emitidos en el periodo correspondiente, cuya clave de tipo de comprobante sea 'I-ingreso'. Estos datos se extraen directamente del repositorio fiscal del SAT y se relacionan con el RFC de la persona moral. 

En el Visor del SAT la cifra precargada de ingresos nominales facturados es la Suma del Subtotal de facturas vigentes emitidas tipo ingreso, con método de pago "Pago en parcialidades" (PPD) y "Pago en una sola exhibición" (PUE).

Además, la precarga incluye únicamente los ingresos facturados que no hayan sido cancelados. Es importante destacar que el Visor del SAT se actualiza cuando se cancelan CFDIs que pudieran haber sido considerados en la presentación de la declaración de periodos anteriores, lo cual haría necesario realizar declaraciones complementarias.

En síntesis, los criterios aplicados por el SAT buscan agilizar el cumplimiento tributario, pero siempre requieren de la validación y posible ajuste por parte de los contribuyentes para garantizar la correcta acumulación de ingresos conforme a las disposiciones fiscales aplicables.


Entrevistador:
Pregunta 4: Por lo tanto, tenemos tres fuentes de información que pudieran indicarnos tres diferentes importes de ingresos nominales a declarar.

MAC Experto Fiscalista: Es correcto, por lo cual resulta fundamental que las personas morales realicen un análisis cuidadoso y comparativo de cada fuente: los ingresos reconocidos conforme a las NIFs, los ingresos acumulados según la LISR y su reglamento, y los ingresos nominales facturados que el SAT precarga en su portal. Cada uno responde a criterios y momentos distintos de reconocimiento, lo que puede derivar en diferencias que deben ser conciliadas mensualmente para evitar errores o inconsistencias en la declaración fiscal. La correcta interpretación y alineación de estas cifras es clave para el cumplimiento tributario.


Entrevistador:
Pregunta 5: Finalmente, ¿qué recomendarían a las empresas para enfrentar este reto de diferencias en los ingresos?

MAC Experto Fiscalista: Nuestra recomendación es implementar procesos de conciliación mensual entre la contabilidad, la acumulación fiscal y la información precargada por el SAT. Este ejercicio permite detectar diferencias a tiempo, corregir errores y tomar decisiones con mayor certeza.

En MAC Experto Fiscalista creemos que el cumplimiento tributario no debe ser visto solo como una obligación, sino como una herramienta estratégica para dar confianza y solidez a las empresas. Con una visión integral que combine contabilidad, tecnología y análisis de datos, es posible transformar la complejidad fiscal en claridad y control.

Conclusión para el lector:

El cumplimiento fiscal en México implica atender tres perspectivas diferentes de los ingresos: las NIFs, la LISR y los Ingresos Nominales Facturados precargados por el SAT. Conciliarlas mes a mes es la clave para evitar diferencias, riesgos y sanciones.

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